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Pasaporte y documento de identidad
El pasaporte biométrico (con huellas dactilares) es un documento de viaje que permite a su titular viajar al extranjero.
El pasaporte sólo es necesario para entrar en los países que lo exigen, es decir, la mayoría de los países extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea (UE). Los visados para entrar y permanecer en un país extranjero se adjuntan al pasaporte cuando se exige este trámite.
Infórmese de cómo solicitar un pasaporte biométrico en el portal del ciudadano, guichet.lu. Este procedimiento abarca las solicitudes en particular:
- de passeport luxembourgeois en tant que résident
- de passeport luxembourgeois en tant que non-résident
- de remboursement pour un passeport (PDF)
Información sobre la introducción del pasaporte biométrico
Tras un proceso de negociación de varios años sobre la introducción de normas mínimas de seguridad en los pasaportes y otros documentos de viaje, el 13 de diciembre de 2004 el Consejo de la Unión Europea adoptó el Reglamento (CE) n°2252/2004, que establece las normas relativas a las medidas de seguridad y los datos biométricos que deben figurar en los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados miembros.
La introducción de datos biométricos en los pasaportes luxemburgueses se produjo en etapas sucesivas (fotos, huellas dactilares) a partir de agosto de 2006.
Por lo que respecta a la foto digitalizada, conviene recordar que deben respetarse las normas de calidad (Pdf, 1.64 Mb) (PDF) definidas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), ya que la normativa europea se basa en estas recomendaciones de la OACI para los documentos de viaje legibles por máquina.
Las principales huellas dactilares que deben figurar en el pasaporte europeo son las de los dedos índice izquierdo y derecho. Sin embargo, la normativa europea estipula que las siguientes personas están exentas de dar sus huellas dactilares
- niños menores de 12 años
- las personas físicamente incapaces de dar sus huellas dactilares.
Para recoger los identificadores biométricos obligatorios, se ha dotado a las autoridades locales de dispositivos que capturan y leen las huellas dactilares y capturan automáticamente la imagen facial de los solicitantes de pasaportes biométricos. El mismo equipo puede utilizarse también para capturar la firma del solicitante. Estos datos se transmiten electrónica y automáticamente al registro de pasaportes, lo que permite a la autoridad central personalizar el documento de viaje lo antes posible.
El sistema permite consolidar la seguridad de los documentos de viaje al crear un vínculo directo entre la firma, las huellas dactilares, la imagen facial y los datos alfanuméricos del interesado en el momento de presentar la solicitud a la autoridad local.
Los pasaportes biométricos se expiden de forma individual. La oficina de pasaportes sigue la norma "una persona, un pasaporte" (de conformidad con el Reglamento (CE) nº 444/2009). Los niños ya no se inscriben en el pasaporte de sus padres. Sin embargo, los nombres de los padres o de cualquier persona(s) con autoridad parental (basada en una decisión judicial) se inscriben en el pasaporte del niño.
Documento de identidad
Esta sección sólo se refiere a los nacionales luxemburgueses en el extranjero que presentan su solicitud en una embajada. La Oficina de Pasaportes de Luxemburgo no es responsable de los documentos de identidad.
Encontrará toda la información sobre el documento de identidad luxemburgués en la página web Guichet.lu: